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Hacienda aplaza a 2012 la obligación de presentar los libros registro de IVA

El Ministerio de Hacienda ha elaborado un proyecto de real decreto en el que estipula que no obligará a presentar a partir del próximo año el libro registro de IVA.

Ya es la segunda vez que el Gobierno pospone la entrada en vigor de esta norma, que debía empezar a aplicarse en 2009. Se prorrogó hasta 2010 y ahora, el Ejecutivo ha fijado el nuevo plazo en 2012. El cambio afecta a todas las sociedades anónimas y limitadas, que en España ascienden al millón de empresas.

 

Ultima actualización ( Miércoles 19 de Mayo de 2010 11:00 )

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El euríbor sigue marcando mínimos históricos

El euríbor, el índice de referencia para la mayoría de las hipotecas en España, marcó ayer un nuevo mínimo histórico al caer hasta el 1,389%. El pasado viernes, el indicador ya se situó por debajo del 1,4% por primera vez en sus diez años historia.

Si mantiene la senda bajista hasta finales de mes, el euríbor cerrará julio en torno al 1,4%, el nivel más bajo desde 1999 y encadenará diez meses consecutivos de recortes.

La tendencia bajista del indicador se inició el pasado octubre, cuando el Banco Central Europeo (BCE) empezó a abaratar el precio del dinero rebajando los tipos oficiales de interés, lo que ha provocado que los costes de amortización de las hipotecas cerradas en el primer semestre de 2009 hayan resultado, de media, un 26% menos onerosas que las que se soportaron en 2008.

La caída que está registrando el Euríbor permite a las familias ahorrar en el pago de sus hipotecas, dependiendo del importe del préstamo y de cuándo se contrató, y el descenso que, con toda probabilidad registrará el indicador en julio, ampliará aún más este ahorro.

Para una hipoteca media de 150.000 euros a un plazo de 25 años y con un diferencial de Euríbor más 0,75%, el ahorro mensual en el pago de la letra se eleva a 330 euros, mientras que en todo el año asciende a 3.960 euros

Ultima actualización ( Martes 18 de Mayo de 2010 16:33 )

 

Hacienda podrá exigir un tipo del 65% a profesionales

La nueva normativa antifraude ha abierto una peligrosa ventana a la Agencia Tributaria. Los profesionales que cobran a través de sociedades pueden enfrentarse a pagos de hasta el 65%. El Fisco revisará los impuestos de abogados, consultores y arquitectos, entre otros.

Los anuncios de subida de impuestos del Gobierno y los aldabonazos lanzados ya por la Agencia Tributaria contra las sociedades a través de las que cobran los profesionales se han unido en una legislación que amenaza con convertirse en el peor susto del verano de abogados, auditores, ingenieros, consultores, arquitectos y todo el resto de profesiones libres que facturan sus servicios como sociedad.

La razón: que su pago de impuestos podría dispararse hasta el 65%, un tipo que los expertos califican de totalmente desbocado e injusto, especialmente porque el gravamen máximo que se puede pagar por el IRPF es del 43%.

Hacienda ya ha alertado, a través de una misiva oficial de su deseo de actuar contra lo que denomina sociedades interpuestas, es decir, las sociedades que montan profesionales para cobrar, no como personas físicas, sino como empresa, con lo que el tipo máximo fiscal que pagan es el del Impuesto de Sociedades (del 30%) en vez del IRPF (del 43%).

Pero los expertos de Ernst & Young Abogados han alertado, además, de un mecanismo a disposición de la Agencia Tributaria que, directamente, puede hacer que los profesionales inspeccionados se encuentren con pagos fiscales reales de hasta el 65%.

El estudio preparado por los fiscalistas de la firma internacional alerta de que la nueva norma de control del fraude en las operaciones vinculadas permite a los inspectores realizar lo que se ha bautizado como un “ajuste de valoración” cuando consideren que las remuneraciones que reciben los profesionales desde sus respectivas sociedades no se adecuan a la realidad.

Es decir, cuando dictaminen desde el Fisco que los cobros realmente percibidos no guardan relación con la realidad del mercado. En ese caso, el denominado ajuste supondrá directamente la posibilidad de evaluar por la Agencia los pagos a efectos fiscales, lo que elevará el pago fiscal de la Sociedad, provocando, en cadena, un incremento de la factura fiscal del profesional.

La conclusión del estudio no es otra que la subida del pago hasta un nivel, en concreto, del 65,10%. Los expertos califican este cobro de exagerado y fuera de lugar, porque el tipo máximo en el IRPF que puede pagar cualquier persona es el del 43%.

Además, destacan que, incluso en el caso de que los inspectores decidiesen que se trata de sociedades injustificadas en determinados casos, lo máximo que deberían hacer sería sustituir el pago por Sociedades (del 30%) por el del IRPF, pero nunca llegar a un castigo que supera, incluso, el viejo y ya desterrado tope conjunto del 60% de Impuesto de la Renta más Patrimonio (tributo ya anulado).

Fuente: Expansión.

Ultima actualización ( Martes 18 de Mayo de 2010 16:33 )

 

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